| Ese “problema” europeo que empieza por D II: La caja negra de Bruselas |
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Bueno, ¿qué hay de cierto en el déficit democrático? ¿Cómo se toman las decisiones en la unión europea? La división de poderes de la unión europea es distinta en cuanto a su naturaleza de las nacionales. En los Estados existe una división entre el legislativo (establece las normas), el judicial (las hace respetar) y ejecutivo (toma las decisiones individuales y las pone en práctica. Sin embargo esta separación es menos neta en la práctica: los ejecutivos pueden adoptar normas (el poder reglamentario) los parlamentos toman decisiones individuales (la expropiación de Rumasa) y los jueces, con la reiteración de soluciones jurisprudenciales, legislan. En el plano europeo, sin embargo, el problema es distinto. Debido a que la unión europea es hoy por hoy una organización política no soberana de carácter parcialmente intergubernamental, el esquema debía ser distinto. Así existen cuatro órganos principales: el consejo de ministros, el parlamento, la comisión y el tribunal de justicia de Luxemburgo.
Continuación del artículo "Ese “problema” europeo que empieza por D I: El reproche del deficit democrático"
El tribunal de justicia de Luxemburgo no necesita mayor presentación: es bastante parecido a un tribunal de lo contencioso administrativo o constitucional nacional que controla la legalidad de las decisiones de los poderes europeos.
El llamado triangulo institucional, sin embargo, si necesita ser explicado. El poder político de la unión europea está repartido entre dos instituciones: el consejo de ministros y el parlamento. El consejo de ministros tiene un carácter fundamentalmente intergubernamental y reúne en su seno a los representantes de los Estados, encarnando así los “intereses nacionales”. Tiene en este sentido, cierta analogía con el Senado de un Estado federal. Las decisiones son tomadas por triple mayoría cualificada mayoría de voto según las atribuciones del tratado (en función de la importancia del Estado) 62% de la demografía europea y al menos la mitad de los Estados. El parlamento europeo por otro lado es el órgano que representa al pueblo europeo y que es elegido democráticamente por los ciudadanos.
Estos dos órganos son los que toman lo fundamental de las decisiones europeas. Al principio de la construcción el parlamento tenía un rol fundamentalmente consultivo, pero conforme la UE fue ganando competencias, el parlamento aumentó su fuerza. Así, tanto los presupuestos, como la mayoría de las decisiones deben tener el acuerdo de la mayoría del parlamento y del consejo de ministros. Tan sólo algunas decisiones especialmente sensibles (fiscales, política social) o ligadas a la soberanía nacional (exteriores, moneda…) escapan a la decisión del parlamento.
¿Que hay de la comisión? Según el tratado, la comisión representa el “interés europeo”. Es elegido, bajo proposición del consejo de ministros, por el parlamento europeo. Uno podría pensar que se parece a un ejecutivo, pero en realidad no es así. Jean Monnet dijo que la misión de la comisión era “no hacer, sino hacer hacer”. Por esa razón, las atribuciones de la comisión son muy leves. En primer lugar, como una especie de fiscal europeo, se encarga de perseguir a los Estados que violan los tratados. En segundo lugar, detiene el monopolio de proposición de textos. Ella es la única que puede proponer la adopción de un reglamento o de una directiva. Juega también un rol de representación exterior y también de mediación entre los Estados. Pero lo que no tiene es poder de decisión.
De lo que hay que darse cuenta es de que el malvado poder tecnocrático no aparece por ningún lugar. El parlamento es un órgano democrático como lo son los parlamentos nacionales. El consejo es un órgano que tiene la legitimidad de los Estados nacionales puesto que los gobiernos son elegidos democráticamente. Finalmente la comisión es elegida por los dos órganos anteriores, igual que un ejecutivo nacional y no es un órgano propiamente político que toma decisiones. No he visto a nadie quejarse de que no se elija a los fiscales democráticamente ni a los letrados de cortes, no veo por qué la comisión si debería ser elegida así.
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| Escrito por Citoyen | |
| lunes, 23 de julio de 2007 | |
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Bueno, ¿qué hay de cierto en el déficit democrático? ¿Cómo se toman las decisiones en la unión europea? La división de poderes de la unión europea es distinta en cuanto a su naturaleza de las nacionales. En los Estados existe una división entre el legislativo (establece las normas), el judicial (las hace respetar) y ejecutivo (toma las decisiones individuales y las pone en práctica. Sin embargo esta separación es menos neta en la práctica: los ejecutivos pueden adoptar normas (el poder reglamentario) los parlamentos toman decisiones individuales (la expropiación de Rumasa) y los jueces, con la reiteración de soluciones jurisprudenciales, legislan. En el plano europeo, sin embargo, el problema es distinto. Debido a que la unión europea es hoy por hoy una organización política no soberana de carácter parcialmente intergubernamental, el esquema debía ser distinto. Así existen cuatro órganos principales: el consejo de ministros, el parlamento, la comisión y el tribunal de justicia de Luxemburgo.






