|
Las relaciones Iglesia-Estado |
|
|
| Lecturas |
2806  |
|
El autor, católico practicante, manifiesta en este artículo su parecer sobre como han de llevarse las siempre difíciles y tortuosas relaciones entre la Iglesia y el Estado. En este sentido, pone de relieve su total defensa en la separación entre la Iglesia y el Estado, yendo incluso más allá al defender la existencia de una línea clara de separación entre las convicciones religiosas y las obligaciones legales y profesionales.
Las relaciones entre la Iglesia católica y el Estado español han sido siempre difíciles y tensas. Los acuerdos firmados entre la Santa Sede y el Reino de España en 1979 siguen hoy vigentes si bien desde hace tiempo las partes vienen manifestando el deseo de que los mismos sean retocados. Son acuerdos que van más allá de una mera relación entre estados de igual a igual. El Jefe de Estado del Vaticano es a la vez líder espiritual de una de las religiones monoteístas más importantes del mundo y, a su vez, España es uno de los países con mayor número de seguidores de esa religión. La Iglesia Católica está presente en diversos campos de la sociedad española. Sin embargo, el Estado español es aconfesional. Como diría Emilio Castelar, el Estado no tiene religión, no confiesa, no comulga ni se muere. De hecho la propia doctrina de la Iglesia Católica es la que manifiesta no querer meterse en política cuando en los propios textos evangélicos se manifiesta el “Dar al Cesar lo que es del César y a Dios lo que es de Dios”. Otra cosa son los fieles católicos a los que se les reconoce el derecho a participar en política pudiendo defender sus postulados de acuerdo a sus creencias. Pero el Estado es neutro y ha de estar al servicio tanto de los católicos como de los no católicos. Y quien dice el Estado ha de entenderse también tanto los representantes políticos elegidos democráticamente como los funcionarios públicos, y aún los profesionales de toda índole. Los políticos, los jueces y los ciudadanos en general han de cumplir y hacer cumplir las leyes como marca nuestra Constitución. De lo contrario estarían incurriendo en dejación de funciones lo cual añadiría una mayor gravedad al problema.
En este sentido, si la ley permite -salvo que en su día se declare inconstitucional por mor del recurso interpuesto por el PP- el casamiento entre personas de una misma orientación sexual, el cargo electo tiene la ineludible obligación de celebrar la boda civil y aquí no caben objeciones de conciencia en la medida en que ese cargo electo comporta esa y otras obligaciones al margen de la conciencia de cada uno. El cargo político ejerce sus funciones para todos, de lo contrario -vuelvo a repetir- incurre en una grave dejación que le puede suponer el inmediato expediente de cese en el cargo. Lo mismo cabría entender de un juez que no quisiera aplicar una determinada ley por que va contra sus convicciones. Yo creo que la religión y la política han de estar en dos planos diferentes. Alberto Ruiz-Gallardón no podía hacer otra cosa que cumplir la ley de parejas homosexuales, y si no dimitir. Y lo mismo cabría decir si se encontrara en la misma tesitura pongo por caso un juez, un abogado y/o un médico. El refranero popular -tantas veces sabio- nos recuerda que “antes son la obligaciones que las devociones”.
Comentarios de los usuarios (2)
|
|
|
|
Escrito por Jose Antonio Eyre de Lorenzo (Castelar)
|
|
jueves, 03 de agosto de 2006 |
|
|