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Según
reconoce el Anteproyecto de Ley del Estatuto del Trabajador Autónomo
realizado por el Ministerio de Trabajo, en España los
trabajadores autónomos son “un amplio colectivo que
realiza un trabajo profesional arriesgando sus propios recursos
económicos y aportando su trabajo personal, y que en su
mayoría lo hace sin la ayuda de ningún asalariado. Se
trata, en definitiva, de un colectivo que demanda un nivel de
protección social semejante al que tienen los trabajadores por
cuenta ajena”
Si
hacemos una radiografía sobre el perfil de trabajadores por
cuenta propia, encontraremos que en un porcentaje muy alto de casos,
más del 70% de la facturación anual de éstos se
realiza a una sola empresa, los que se han venido a llamar en el
Anteproyecto “Económicamente dependientes”, ya que incluso
en muchos casos se trata del total de la facturación la que
realizan a una sola empresa.
Como ya es conocido por casi todos este
Anteproyecto de Ley concede una serie de derechos a estos
trabajadores, que actualmente no poseen. Entre esas medidas están
las de dotar de descanso retribuido de al menos 15 días de
vacaciones, la indemnización al trabajador autónomo por
los daños que se le ocasionen en una supuesta extinción
del contrato no justificados, y jurisdicción de lo social para
los litigios de los trabajadores autónomos económicamente
dependientes. Todas medidas que están encaminadas a dotar de
seguridad jurídica y protección a estos trabajadores.
Pues bien, preocupantemente, la aparición
de este Anteproyecto a nivel público está empezando a
dejar sin trabajo a algunos autónomos económicamente
dependientes bajo la premisa de que las empresas que hasta ahora los
contrataban, han cambiado su política de contratación,
pasando a contratar sólo a Sociedades Mercantiles. De este
modo, se está obligando a estos trabajadores autónomos
a reconvertirse en Sociedades Limitadas, obligándolos a
incrementar tanto sus gastos de gestión, debido a que tienen
la obligatoriedad de llevar todos los libros contables y tramitar el
Impuesto de Sociedades además de seguir haciendo la
declaración de IRPF. Por si fuera poco, deben también
realizar un gasto extra de constitución de la sociedad que
supera los mil euros entre trámites de Registros y Notarías.
Parece ser que en España, la pillería
sigue estando instalada en todos los ámbitos, y si antes
hicimos autónomos a aquellos que trabajaban para una empresa
cotizando al Régimen General de la Seguridad Social para
reducir nuestros costes, hoy, antes de que la Ley de protección
social y derechos al que en su día invitamos a dejar de
tenerlos, ya estamos también invitándolos a que se
constituyan en Sociedad Mercantil, ya sea en solitario o asociados
con otros que se encuentran en idéntica situación, para
que sigan sin tener los derechos que deriven de ese nuevo Estatuto, y
que el ámbito de jurisdicción de posibles conflictos
siga siendo el Mercantil.
Y dentro de esta situación, especialmente
grave es el caso del sector del transporte, donde un gran número
de transportistas son económicamente dependientes de una sola
empresa, soportando ellos no sólo los riesgos inherentes a la
actividad, sino también el riesgo económico de la
inversión en el vehículo, revisiones, mantenimiento,
etc. En muchos casos hay quien tiene hipotecada su casa para la
compra de un vehículo para trabajar de este modo, y está
viendo peligrar su trabajo tras la aparición a la luz de este
Anteproyecto de Ley.
En
definitiva, ¿debería plantearse el gobierno un
Anteproyecto de Ley que proteja a las Sociedades Mercantiles
dependientes?
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